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La Ley Beckham (régimen de impatriados)

Un tipo fijo del 24 % al trasladar tu residencia fiscal a España.

La Ley Beckham es un régimen fiscal especial para quienes trasladan su residencia a España. En lugar del IRPF progresivo (que llega al 47 %), tributas a un tipo fijo del 24 % sobre los rendimientos del trabajo hasta 600.000 € (y al 47 % sobre el exceso), durante el año de llegada y los 5 siguientes — 6 años en total.

En breve

Cómo funciona

Aunque seas residente fiscal en España, tributas como un no residente por tu renta del trabajo: un tipo fijo del 24 % hasta 600.000 €, sin la progresividad del IRPF ordinario. En general no tributas por tu renta mundial (rentas de fuera de España), lo que lo hace muy atractivo para perfiles internacionales. Las rentas del ahorro de fuente española siguen sus propias reglas.

¿Quién puede acogerse?

Ojo: el régimen exige un vínculo de tipo laboral, de administrador o de teletrabajo internacional. Un autónomo «puro» que factura a clientes no encaja automáticamente — revisa tu caso. Si vienes a teletrabajar, mira el visado de nómada digital.

¿A quién le compensa?

Sobre todo a ingresos altos: si tu tipo marginal en el IRPF ordinario superaría el 24 %, el ahorro es grande. Para ingresos bajos-medios, el IRPF normal puede salir mejor (por el mínimo personal y los tramos bajos). No es automático: hay que calcularlo.

Preguntas frecuentes

¿Un nómada digital puede usar la Ley Beckham?
Sí, desde 2023 el régimen se amplió a teletrabajadores internacionales (visado de nómada digital), además de trabajadores desplazados y administradores.
¿Cuánto dura?
El año de llegada y los 5 siguientes: 6 años en total.
¿Tributa el 24 % todo mi sueldo?
Sí hasta 600.000 €. Por encima de ese umbral, el exceso tributa al 47 %.
¿Sirve para un autónomo que factura a clientes?
No de forma automática: el régimen requiere una relación laboral, de administrador o de teletrabajo internacional. Un autónomo «puro» debe revisar si encaja en alguno de esos supuestos.

Fuentes — Agencia Tributaria — régimen especial de trabajadores desplazados (art. 93 LIRPF). Contenido informativo, no asesoramiento fiscal. Datos a 20 de julio de 2026.

Compara tu caso. Estima tu neto con el simulador y revisa otras palancas en optimización fiscal.

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