La Ley Beckham (régimen de impatriados)
Un tipo fijo del 24 % al trasladar tu residencia fiscal a España.
La Ley Beckham es un régimen fiscal especial para quienes trasladan su residencia a España. En lugar del IRPF progresivo (que llega al 47 %), tributas a un tipo fijo del 24 % sobre los rendimientos del trabajo hasta 600.000 € (y al 47 % sobre el exceso), durante el año de llegada y los 5 siguientes — 6 años en total.
- Tipo fijo del 24 % hasta 600.000 € de rendimientos del trabajo.
- Solo tributas en España por tu renta del trabajo (no por tu renta mundial), con matices.
- Dura 6 años y hay que solicitarlo a tiempo. Compensa sobre todo a ingresos altos.
Cómo funciona
Aunque seas residente fiscal en España, tributas como un no residente por tu renta del trabajo: un tipo fijo del 24 % hasta 600.000 €, sin la progresividad del IRPF ordinario. En general no tributas por tu renta mundial (rentas de fuera de España), lo que lo hace muy atractivo para perfiles internacionales. Las rentas del ahorro de fuente española siguen sus propias reglas.
¿Quién puede acogerse?
- No haber sido residente fiscal en España en los 5 años anteriores.
- Trasladarte por un contrato de trabajo, como administrador, o como nómada digital / teletrabajador internacional (ampliado en 2023).
- Solicitarlo (modelo 149) en los 6 meses siguientes al alta en la Seguridad Social.
¿A quién le compensa?
Sobre todo a ingresos altos: si tu tipo marginal en el IRPF ordinario superaría el 24 %, el ahorro es grande. Para ingresos bajos-medios, el IRPF normal puede salir mejor (por el mínimo personal y los tramos bajos). No es automático: hay que calcularlo.
Preguntas frecuentes
¿Un nómada digital puede usar la Ley Beckham?
¿Cuánto dura?
¿Tributa el 24 % todo mi sueldo?
¿Sirve para un autónomo que factura a clientes?
Fuentes — Agencia Tributaria — régimen especial de trabajadores desplazados (art. 93 LIRPF). Contenido informativo, no asesoramiento fiscal. Datos a 20 de julio de 2026.