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El calendario fiscal del autónomo

Qué modelos presentas y cuándo, para no perderte ningún plazo (ni recargo).

Como autónomo en estimación directa, tu vida fiscal gira en torno a dos declaraciones trimestrales — el IVA (modelo 303) y el pago fraccionado del IRPF (modelo 130) — más algunos resúmenes anuales. Todas obligatorias aunque el trimestre haya sido flojo.

Cada trimestre

TrimestrePeriodoPlazo
1Tenero–marzo1 – 20 de abril
2Tabril–junio1 – 20 de julio
3Tjulio–septiembre1 – 20 de octubre
4Toctubre–diciembre1 – 30 de enero

En esos plazos presentas:

Con domiciliación bancaria, la presentación telemática se cierra unos 5 días antes (día 15, o 25 de enero en el 4T).

Una vez al año (enero y primavera)

Antes de empezar: el alta censal (modelo 036) se presenta antes de iniciar la actividad. Ver la guía darse de alta como autónomo.

Preguntas frecuentes

¿Tengo que presentar el 303 aunque no haya facturado?
Sí. El modelo 303 es obligatorio cada trimestre aunque el resultado sea cero o no hayas tenido actividad.
¿Qué pasa si presento fuera de plazo?
Se aplican recargos (1 % + 1 % por mes de retraso, y más a partir de 12 meses) e intereses. Mejor domiciliar y anotar los plazos.
¿El modelo 130 lo presento siempre?
No si el año anterior al menos el 70 % de tus ingresos ya llevaron retención de IRPF.

Fuentes — Agencia Tributaria: modelo 130, modelo 303 (2026) y calendario del contribuyente. Datos vigentes a 19 de julio de 2026.

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