Cómo rellenar el modelo 303 paso a paso
El modelo 303 es la autoliquidación trimestral del IVA. Suena a trámite temido, pero la lógica es simple: el IVA que cobras menos el que pagas. Aquí va, bloque a bloque y sin jerga.
Cada trimestre, si repercutes IVA en tus facturas, tienes que hacer cuentas con Hacienda: sumas el IVA que has cobrado a tus clientes (devengado), le restas el que has pagado en tus gastos (deducible), y el resultado lo ingresas (o lo dejas a compensar). Eso es el 303.
- El 303 es trimestral: IVA devengado (repercutido) − IVA deducible (soportado).
- Si el resultado es positivo, lo ingresas; si es negativo, queda a compensar (o a devolver en el 4T).
- El IVA se declara por fecha de factura, no por cuándo cobras. Un error caro si lo olvidas.
¿Quién presenta el modelo 303?
Todo autónomo que repercute IVA en sus facturas. La mayoría de servicios freelance (programación, consultoría, diseño, marketing…) llevan IVA general del 21 %. Quedan fuera las actividades exentas —por ejemplo sanidad, o la formación reglada—, que no repercuten IVA y, por tanto, no presentan el 303 por esa actividad. Si tienes dudas sobre si tu actividad está exenta, revísalo al elegir tu epígrafe.
La lógica: IVA devengado menos IVA deducible
El 303 tiene dos grandes bloques y un resultado:
| 1. IVA devengado | El IVA que has repercutido a tus clientes en las facturas del trimestre. |
| 2. IVA deducible | El IVA soportado en tus gastos y compras afectos a la actividad. |
| = Resultado | Devengado − deducible. Positivo: a ingresar. Negativo: a compensar o devolver. |
Cómo se rellena, sección a sección
El formulario oficial se presenta por la Sede de la Agencia Tributaria. No memorices números de casilla (la AEAT los reordena): quédate con la estructura.
- Identificación y periodo: tus datos, el ejercicio y el trimestre (1T, 2T, 3T o 4T).
- IVA devengado: la base y la cuota de lo que has repercutido, separado por tipos (general del 21 % y, si aplica, los tipos reducidos). Aquí van también las operaciones con inversión del sujeto pasivo si las tienes.
- IVA deducible: la base y la cuota del IVA soportado en tus gastos corrientes y bienes de inversión afectos a la actividad.
- Resultado: la diferencia. Si te sale a compensar de trimestres anteriores, lo arrastras aquí.
- Ingreso o devolución: si sale a pagar, eliges domiciliación u otra forma; si sale negativo, lo dejas a compensar (y en el 4T puedes solicitar la devolución).
Plazos: cuándo se presenta cada trimestre
El 303 es trimestral y se presenta en el mes siguiente al cierre del trimestre:
- 1T (enero–marzo): del 1 al 20 de abril.
- 2T (abril–junio): del 1 al 20 de julio.
- 3T (julio–septiembre): del 1 al 20 de octubre.
- 4T (octubre–diciembre): del 1 al 30 de enero, junto con el resumen anual (modelo 390).
Si domicilias el pago, el plazo para presentar termina antes: cinco días naturales antes del fin de plazo (el 15 en los trimestres que vencen el 20; el 25 de enero en el 4T). Tienes el detalle en el calendario fiscal del autónomo.
Errores frecuentes que salen caros
- Declarar por cobro y no por devengo: el IVA de una factura se declara en el trimestre de su fecha, aunque el cliente aún no te haya pagado. Si un cliente no paga, el IVA ya lo has adelantado tú.
- Deducir IVA de gastos no afectos o mixtos (el coche, la comida…): Hacienda es estricta. Repasa qué es gasto deducible de verdad.
- Olvidar las operaciones intracomunitarias: si facturas a clientes de la UE, además del 303 puede tocar el modelo 349.
- No guardar las facturas: sin factura completa, no hay IVA deducible que valga.
Preguntas frecuentes
¿Qué es el modelo 303?
¿Cuándo se presenta el modelo 303?
¿Tengo que presentar el 303 aunque no haya cobrado la factura?
¿Qué pasa si el 303 me sale negativo?
Fuentes — Agencia Tributaria: instrucciones del modelo 303 (IVA) y presentación en la Sede electrónica. Contenido informativo, no asesoramiento fiscal. A 9 de agosto de 2026.
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