La jubilación del autónomo en España
Edad, años cotizados y por qué cotizar por tus ingresos reales mejora tu pensión.
El autónomo se jubila dentro del RETA, con reglas muy parecidas al régimen general. La gran diferencia histórica: muchos autónomos cotizaban por la base mínima y acababan con pensiones bajas. El sistema de cotización por ingresos reales (desde 2023) busca corregir eso.
Edad de jubilación en 2026
- 66 años y 10 meses con carácter general (si acreditas menos de 38 años y 3 meses cotizados).
- 65 años si acreditas 38 años y 3 meses o más de cotización.
La edad sube por calendario legal: en 2027 serán 67 años, o 65 años con 38 años y 6 meses cotizados.
Años mínimos y cuantía
- Carencia: haber cotizado al menos 15 años, de los cuales 2 años deben estar dentro de los 15 inmediatamente anteriores a la jubilación.
- El porcentaje va del 50 % (con los 15 años mínimos) hasta el 100 %. En 2026, ese 100 % requiere 36 años y 6 meses cotizados: cada mes de más suma 0,21 puntos durante los primeros 49, y 0,19 a partir del mes 50.
La base reguladora en 2026: ahora se calcula dos veces
Es el cambio que más gente sigue contando mal. Hasta 2025, la base reguladora salía de una sola fórmula: los 25 últimos años. Desde 2026, y de forma progresiva durante los próximos años, la Seguridad Social hace dos cálculos y te aplica el que más te convenga (disposición transitoria 40ª de la LGSS):
- Cálculo A — la fórmula clásica: las bases de los 300 meses anteriores, divididas entre 350,00.
- Cálculo B — la fórmula de 2026: se miran los 304 meses anteriores, se descartan las 2 bases más bajas y se suman las 302 mejores, divididas entre 352,33.
La ventaja del cálculo B no está en el divisor, casi idéntico, sino en que tira a la basura tus peores meses. Para una carrera sin huecos los dos resultados son prácticamente iguales; en cuanto hay meses flojos o sin cotizar —lo normal en una vida de autónomo— B gana.
Ejemplo (hipótesis de cálculo, no un caso real): alguien que ha cotizado siempre por la base máxima de 5.101,20 €/mes, salvo 2 meses sin cotizar.
- Cálculo A: 4.343,31 €/mes de base reguladora.
- Cálculo B: 4.372,50 €/mes.
- Se aplica 4.372,50 €/mes, es decir el cálculo B: 29,19 € al mes de diferencia, todos los meses, de por vida.
Dos matices propios del RETA: las bases más recientes se toman por su valor nominal, mientras que las anteriores se actualizan con el IPC; y desde 2026, tras agotar el cese de actividad, los huecos inmediatamente posteriores se rellenan con la base mínima del RETA (950,98 €/mes) en lugar de contar como cero.
Cuánto se cobra: topes y mínimos 2026
- Pensión máxima: 3.359,60 €/mes en 14 pagas. Por encima de esa base reguladora, cotizar más ya no sube la pensión.
- Pensión mínima de jubilación a partir de los 65 años: 13.106,80 €/año si vives solo, 17.592,40 €/año con cónyuge a cargo.
- Las pensiones se revalorizaron un 2,7 % en 2026.
Cotizar por ingresos reales = mejor pensión
Desde el 1 de enero de 2023, la cuota de autónomos se calcula por tus rendimientos netos reales (sistema de tramos, despliegue progresivo hasta 2032). Cotizar por bases más altas cuando tus ingresos son altos eleva tu base reguladora futura y, por tanto, tu pensión. Un plan de pensiones (individual o de empleo simplificado para autónomos, con ventajas fiscales) es el complemento privado habitual.
Jubilación activa: seguir facturando y cobrar pensión
Si retrasas tu jubilación al menos 1 año más allá de la edad ordinaria, puedes compaginar pensión y actividad. El porcentaje de pensión compatible crece con los años de demora:
- 1 año de demora → 45 % de la pensión.
- 2 años de demora → 55 % de la pensión.
- 3 años de demora → 65 % de la pensión.
- 4 años de demora → 80 % de la pensión.
- 5 años de demora → 100 % de la pensión.
- Si tienes al menos un trabajador indefinido contratado: 75 % ya desde el primer año de demora.
Preguntas frecuentes
¿A qué edad se jubila un autónomo en 2026?
¿Cuántos años hay que cotizar como mínimo?
¿Cómo se calcula la base reguladora en 2026?
¿Cotizar más ahora mejora mi pensión?
Fuentes — Texto refundido de la LGSS (arts. 205, 214 y DT 40ª: edad, porcentaje y doble cálculo de la base reguladora); RD 241/2026 (revalorización, tope y mínimos 2026); RD-ley 13/2022 (cotización por ingresos reales). Cifras contrastadas con el BOE el 14 de agosto de 2026.