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El convenio especial con la Seguridad Social

Si dejas de ser autónomo pero te faltan años para jubilarte, el convenio especial te permite seguir cotizando por tu cuenta para no perder pensión. Es voluntario — y lo pagas tú entero.

Cuando causas baja en el RETA, dejas de cotizar. Si aún te queda camino hasta la jubilación, ese parón puede restar en tu futura pensión. El convenio especial es el mecanismo para tapar ese hueco: un acuerdo con la Tesorería General de la Seguridad Social para seguir sumando cotización aunque ya no ejerzas.

En breve

Qué cubre (y qué no)

El convenio especial cotiza por contingencias comunes. En la práctica, eso significa que suma para:

Y lo que no cubre, y conviene tener claro:

Es decir: el convenio protege tu pensión futura, no tu día a día si te pones malo o te quedas sin ingresos.

Quién puede suscribirlo

A grandes rasgos, quien haya cotizado lo suficiente antes de la baja y quiera seguir. La normativa pide un mínimo de cotización previa y fija un plazo tras la baja para suscribirlo conservando el efecto desde el día siguiente al cese; pasado ese plazo, aún puedes suscribirlo, pero con efectos más limitados. Los requisitos exactos de días cotizados y plazos están en la normativa —tu oficina de la Seguridad Social te confirma tu caso—.

Cuánto cuesta

Aquí está la clave: la cuota la pagas tú por completo. Eliges una base de cotización —entre un mínimo y un máximo ligados a tus bases anteriores— y tu cuota es esa base por el tipo de contingencias comunes (con un coeficiente reductor que fija la normativa). La TGSS publica el tipo y el coeficiente vigentes; por eso, más que una cifra fija, quédate con la idea: cotizas como cotizabas, pero sin ninguna ayuda. Cuanto mayor sea la base que elijas, mayor será tu cuota — y tu futura pensión.

Antes de firmar, echa cuentas. El convenio especial suele compensar cuando te faltan pocos años para jubilarte y no quieres perder cotización, o durante un paréntesis corto. Si vas a estar mucho tiempo sin actividad, el coste acumulado puede pesar más que el beneficio en la pensión. Es una decisión de números, no automática.

Preguntas frecuentes

¿Qué es el convenio especial con la Seguridad Social?
Es un acuerdo voluntario con la Tesorería General de la Seguridad Social para seguir cotizando por tu cuenta cuando ya no tienes obligación de hacerlo (por ejemplo, tras darte de baja como autónomo). Sirve para no perder cotización de cara a la jubilación y otras prestaciones de contingencias comunes.
¿El convenio especial cubre la baja médica o el paro?
No. El convenio especial cotiza por contingencias comunes: suma para la jubilación, la incapacidad permanente y la muerte y supervivencia. No cubre la incapacidad temporal (baja médica), ni el cese de actividad (el paro del autónomo), ni los accidentes de trabajo.
¿Cuánto cuesta el convenio especial?
Lo pagas íntegro tú, sin parte de empresa. Eliges una base de cotización entre un mínimo y un máximo ligados a tus bases anteriores, y la cuota es esa base por el tipo de contingencias comunes (con un coeficiente reductor que fija la normativa vigente). A mayor base elegida, mayor cuota y mayor pensión futura.
¿Cuándo compensa suscribir un convenio especial?
Sobre todo si te faltan pocos años para jubilarte y no quieres perder cotización, o durante un paréntesis corto de actividad. Si el periodo sin actividad va a ser largo, el coste acumulado puede superar el beneficio en la pensión: conviene echar cuentas antes.
Pon tu jubilación en contexto. Repasa cómo funciona la jubilación del autónomo, qué es el cese de actividad y cómo se calcula tu cuota mientras cotizas.

Fuentes — BOE: Orden TAS/2865/2003, que regula el convenio especial en el Sistema de la Seguridad Social. Seguridad Social: convenios especiales. Contenido informativo, no asesoramiento. A 9 de agosto de 2026.

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