El convenio especial con la Seguridad Social
Si dejas de ser autónomo pero te faltan años para jubilarte, el convenio especial te permite seguir cotizando por tu cuenta para no perder pensión. Es voluntario — y lo pagas tú entero.
Cuando causas baja en el RETA, dejas de cotizar. Si aún te queda camino hasta la jubilación, ese parón puede restar en tu futura pensión. El convenio especial es el mecanismo para tapar ese hueco: un acuerdo con la Tesorería General de la Seguridad Social para seguir sumando cotización aunque ya no ejerzas.
- Es voluntario: sigues cotizando por tu cuenta tras la baja, para no perder pensión.
- Cubre jubilación, incapacidad permanente y muerte y supervivencia. No cubre baja médica ni «paro».
- Lo pagas íntegro tú: no hay parte de empresa. Por eso conviene echar cuentas antes.
Qué cubre (y qué no)
El convenio especial cotiza por contingencias comunes. En la práctica, eso significa que sí suma para:
- La jubilación (años cotizados y base de la pensión).
- La incapacidad permanente derivada de enfermedad común o accidente no laboral.
- La muerte y supervivencia (viudedad, orfandad).
Y lo que no cubre, y conviene tener claro:
- La baja médica (incapacidad temporal).
- El cese de actividad (el «paro» del autónomo).
- Los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.
Es decir: el convenio protege tu pensión futura, no tu día a día si te pones malo o te quedas sin ingresos.
Quién puede suscribirlo
A grandes rasgos, quien haya cotizado lo suficiente antes de la baja y quiera seguir. La normativa pide un mínimo de cotización previa y fija un plazo tras la baja para suscribirlo conservando el efecto desde el día siguiente al cese; pasado ese plazo, aún puedes suscribirlo, pero con efectos más limitados. Los requisitos exactos de días cotizados y plazos están en la normativa —tu oficina de la Seguridad Social te confirma tu caso—.
Cuánto cuesta
Aquí está la clave: la cuota la pagas tú por completo. Eliges una base de cotización —entre un mínimo y un máximo ligados a tus bases anteriores— y tu cuota es esa base por el tipo de contingencias comunes (con un coeficiente reductor que fija la normativa). La TGSS publica el tipo y el coeficiente vigentes; por eso, más que una cifra fija, quédate con la idea: cotizas como cotizabas, pero sin ninguna ayuda. Cuanto mayor sea la base que elijas, mayor será tu cuota — y tu futura pensión.
Preguntas frecuentes
¿Qué es el convenio especial con la Seguridad Social?
¿El convenio especial cubre la baja médica o el paro?
¿Cuánto cuesta el convenio especial?
¿Cuándo compensa suscribir un convenio especial?
Fuentes — BOE: Orden TAS/2865/2003, que regula el convenio especial en el Sistema de la Seguridad Social. Seguridad Social: convenios especiales. Contenido informativo, no asesoramiento. A 9 de agosto de 2026.
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